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CENTRO INTERNACIONAL DE ARREGLO DE DIFERENCIAS RELATIVAS A
INVERSIONES

B- Mex, LLC y otros

c.

Estados Unidos Mexicanos

(Caso CIADI No. ARB(AF)/16/3)


RESOLUCIÓN PROCESAL No. 3

Sobre los Detalles de la Audiencia

Miembros del Tribunal
Dr. Gaëtan Verhoosel, Presidente
Prof. Gary Born, Árbitro
Sr. Raúl Emilio Vinuesa, Árbitro

Secretaria del Tribunal
Sra. Natalí Sequeira, CIADI


9 de mayo de 2018

[Page 1]

1. Fechas y lugar de la Audiencia

1.1. Lunes 21 al domingo 27 de mayo 2018.

1.2. World Bank – 1818 H Street NW, Washington DC 20433.

2. Cronograma diario de la Audiencia

2.1. 9 am - 5.30 pm.

2.2. Cada día habrá una hora de receso para el almuerzo y otros dos recesos de 15 minutos.

3. Asignación del tiempo

3.1. El tiempo útil nominal total será de 49 horas. En consideración del gran número de declaraciones testimoniales presentadas en la dúplica de la Demandante sobre jurisdicción y en aras de garantizar la equidad e igualdad de trato, el total del tiempo se dividirá del siguiente modo: 26 horas para la Demandada; 23 horas para las Demandantes.

3.2. Las preguntas del Tribunal se deducirán en forma equitativa del tiempo asignado a cada parte. A efectos de la planificación, el tiempo estimado prudente para que las partes puedan preverlo es de una hora por cada día de audiencia.

3.3. Los alegatos de apertura y de cierre de cada parte no excederán las 3 horas cada uno— es decir, un máximo de 12 horas para los alegatos de apertura y de cierre de ambas partes.

3.4. Sin perjuicio de lo establecido en la Sección 4.3 infra, cada parte utilizará su tiempo como lo crea conveniente. La Secretaria del Tribunal registrará el tiempo utilizado por cada parte y lo informará al final de cada día de audiencia.

4. Interrogatorios de Testigos

4.1. El orden de los interrogatorios de los testigos será el siguiente (los nombres que se encuentran en letras bastardillas pertenecen a los testigos cuyo interrogatorio será realizado mediante videoconferencia):

4.1.1. Ana Carla Martinez Gamba

4.1.2. Gordon Burr

4.1.3. Erin Burr

4.1.4. Julio Gutiérrez

4.1.5. José Ramón Moreno

4.1.6. John Conley

4.1.7. Benjamin Chow

4.1.8. Luc Pelchat

4.1.9. José Luis Segura

4.1.10. Moisés Opatowski

4.1.11. Neil Ayervais

4.1.12. Peg Rudden

4.1.13. Lou Fohn

4.1.14. Victory Fund

4.1.15. René Irra Ibarra

4.1.16. [perito jurídico presentado por la Demandante]

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4.2. La secuencia precedente podrá ser modificada por el Tribunal durante la audiencia si así lo requieren las cuestiones logísitcas relacionadas con la videoconferencia.

4.3. De conformidad con la Sección 18.5 de la Resolución Procesal No. 1, el interrogatorio directo será “breve”. En caso de que una parte cuente con anexos nuevos para refutar las pruebas de un testigo manifestadas en su declaración testimonial, la parte tendrá derecho a llevar a cabo un interrogatorio directo breve en virtud de dichos anexos nuevos.

4.4. El Tribunal podrá decidir si desea interrogar a ambos peritos jurídicos mediante una conferencia de peritos (o “hot-tubbing”). El Tribunal les informará a las partes durante la audiencia si desea realizarlo.

4.5. Cuando un testigo sea interrogado mediante videoconferencia, cada una de las partes podrá designar un supervisor para que se encuentre presente en la sala con el testigo. Salvo el personal técnico, ninguna otra persona estará autorizada a permanecer en la sala con el testigo.

5. Presencia de testigos en la audiencia

5.1. Todos los testigos y peritos se encuentran autorizados a asistir a los alegatos de apertura.

5.2. Los testigos de las Demandantes que además cuentan con la condición de parte podrán estar presentes durante el interrogatorio del único testigo de hecho de la Demandada, la Sra. Martinez Gamba.

5.3. El resto de los testigos podrá estar presente en la sala durante el interrogatorio de otros testigos recién cuando su propio interrogarorio hubiere concluído.

6. Partes No-Contendientes del TLCAN

6.1. La Secretaria del Tribunal le informará a las Partes No-Contendientes del TLCAN acerca de las fechas y lugar de la audiencia. De conformidad con el Artículo 1128 del TLCAN, si cualquier Parte No-Contendiente del TLCAN presentara una solicitud para asistir a la audiencia, el Tribunal aceptará dicha solicitud.

6.2. Deberá permitirse el acceso a la documentación de la audiencia descripta en el Artículo 1129 del TLCAN a una Parte No-Contendiente del TLCAN cuando ésta efectúe una solicitud al Tribunal a ese efecto.

7. Otras cuestiones logísticas y de organización

7.1. Cualquier otra cuestión que hubiera sido abordada en la presente Resolución Procesal será resuelta por referencia a los acuerdos de las partes asentados en el documento conjunto enviado al Tribunal el día 2 de mayo de 2018, el cual se adjunta a la presente, o, en ausencia de dicho acuerdo, mediante la decisión del Tribunal luego de escuchar a las partes.

En nombre y representación del Tribunal,

Signature

Dr. Gaëtan Verhoosel
Presidente del Tribunal
Fecha: 9 de mayo de
2018
Adjunto: Anexo A (Borrador de Agenda – Logística de la Audiencia)