CENTRO INTERNACIONAL DE ARREGLO DE DIFERENCIAS RELATIVAS A
INVERSIONES
Abertis Infraestructuras, S.A.
c.
República Argentina
(Caso CIADI No. ARB/15/48)
Miembros del Tribunal
Sr. Eli Whitney Debevoise II, Árbitro
Dr. Eduardo Valencia-Ospina, Árbitro
Sr. Rodrigo Oreamuno B., Presidente del Tribunal
Secretaria del Tribunal
Sra. Ana Constanza Conover Blancas
29 de agosto de 2017
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1. El 28 de agosto de 2017, se informó a las partes de las nuevas políticas de presentación de documentos del CIADI destinadas a simplificar su proceso de gestión de documentos, reducir los costos para las partes y reducir el impacto ambiental. Se invitó a las partes a formular observaciones sobre las modificaciones propuestas a la sección 13 de la Resolución Procesal No. 1, a fin de implementar dichas nuevas políticas.
2. En la misma fecha, las partes indicaron no tener observaciones sobre las modificaciones propuestas a la Resolución Procesal No. 1.
3. Habiendo consultado a las partes, el Tribunal emite ahora la siguiente resolución procesal.
4. La sección 13 de la Resolución Procesal No. 1 queda modificada de la siguiente manera:
13. Número de copias y forma de presentación de los escritos de las partes
Regla 30 del Reglamento Administrativo y Financiero; Reglas 20(1)(d) y 23 de las Reglas de Arbitraje
13.1. En la fecha de presentación correspondiente, las partes deberán enviar por correo electrónico a la Secretaria del Tribunal y a la contraparte una versión electrónica del escrito principal con las declaraciones testimoniales, los informes periciales, y un índice consolidado de todos los anexos documentales y autoridades legales que acompañen al escrito principal (la “Presentación Electrónica”)1.
13.2. Dentro de los cinco (5) días siguientes a la Presentación Electrónica, las partes deberán subir la presentación en su totalidad, incluyendo el escrito principal, las declaraciones testimoniales, los informes periciales, los anexos documentales, las autoridades legales, y el índice consolidado correspondiente, a la carpeta en la plataforma de archivos compartidos creada por el CIADI para este caso.
13.3. Dentro de los cinco (5) días siguientes a la fecha de Presentación Electrónica, las partes deberán enviar por servicio de mensajería internacional (courier) o mediante entrega por mano a la Secretaria del Tribunal lo siguiente:
1 El servidor del Banco Mundial no acepta correos electrónicos de más de 25MB. ↩
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13.3.1. una copia impresa no encuadernada en hoja tamaño carta/A42 de la presentación completa, que incluya los originales firmados del escrito principal, las declaraciones testimoniales, los informes periciales, los anexos documentales (excluyendo autoridades legales), y el índice consolidado correspondiente; y
13.3.2. dos dispositivos USB con copias electrónicas de la presentación completa, que incluya el escrito principal, las declaraciones testimoniales, los informes periciales, los anexos documentales, las autoridades legales, y un índice consolidado con hipervínculos a la documentación de soporte conforme a lo dispuesto en la Sección 13.8 infra.
13.4. Dentro de los cinco (5) días siguientes a la fecha de Presentación Electrónica, las partes también deberán enviar por servicio de mensajería internacional (courier) a cada Miembro del Tribunal, a las direcciones indicadas en la Sección 13.5 infra:
13.4.1. una (1) copia impresa tamaño A4 para los árbitros Oreamuno y Valencia-Ospina y otra tamaño A5 para el árbitro Debevoise de la presentación completa, que incluya el escrito principal, las declaraciones testimoniales, los informes periciales, los anexos documentales (excluyendo autoridades legales), y el índice consolidado correspondiente; y
13.4.2. un (1) dispositivo USB con una copia electrónica de la presentación completa, que incluya el escrito principal, las declaraciones testimoniales, los informes periciales, los anexos documentales, las autoridades legales, y un índice consolidado con hipervínculos a la documentación de soporte conforme a lo dispuesto la Sección 13.8 infra.
13.5. Las direcciones de los Miembros del Tribunal son las siguientes:
Sr. Rodrigo Oreamuno
Blanco
Oficentro Torres del
Campo
Torre 2, Piso 3
P.O. Box 5173-1000
San José, Costa RicaSr. Eli Whitney Debevoise II
601 Massachusetts Ave, NW
Washington, DC 20001 - 3743
Estados Unidos de AméricaDr. Eduardo Valencia-
Ospina
28 Delistraat
2585 XB La Haya
Países Bajos13.6. Las autoridades legales deben presentarse solamente en formato electrónico, salvo que el Tribunal específicamente solicite una copia impresa.
2 El formato A4/carta es requerido a los fines de su archivo por parte del CIADI. Esta copia impresa del Secretariado se mantendrá en el repositorio oficial del CIADI, y no está destinada a ser utilizada en las audiencias. ↩
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13.7. Las versiones electrónicas de los escritos principales, las declaraciones testimoniales y los informes periciales deberán estar en un formato que permita búsqueda fácil (OCR PDF o Word).
13.8. Los escritos principales deberán estar acompañados por un índice consolidado de la documentación de soporte, con hipervínculos en el caso de las secciones 13.3.2 y 13.4.2. El índice consolidado al que se refieren las secciones 13.1 a 13.4 supra deberá indicar el escrito principal al que pertenece el documento, el número y título del documento, y el idioma en que se presenta (o idiomas, para las traducciones al español que acompañen los documentos conforme a la Sección 11.2 supra).
13.9. La fecha oficial de recepción de un escrito o comunicación será aquella en la que la versión electrónica sea enviada a la Secretaria del Tribunal.
13.10. Se considerará que una presentación se ha realizado dentro del plazo si es enviada por una parte antes de la medianoche, hora de Washington D.C., en la fecha debida.
5. Las presentaciones escritas futuras de las partes deberán cumplir con lo establecido en la disposición antes mencionada.
En nombre y representación del Tribunal,
Rodrigo Oreamuno B.
Presidente