CENTRO INTERNACIONAL DE ARREGLO DE DIFERENCIAS RELATIVAS A
INVERSIONES
AFC Investment Solutions S.L.
c.
República de Colombia
(Caso CIADI No. ARB/20/16)
Miembros del Tribunal
Juez Bernardo Sepúlveda Amor, Presidente del Tribunal
Sra. Sabina Sacco, Árbitro
Sra. Dyalá Jiménez Figueres, Árbitro
Secretaria del Tribunal
Sra. Catherine Kettlewell
27 de mayo de 2021
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1. El 21 de abril de 2021, la República de Colombia presentó un escrito de Excepción bajo la Regla 41(5). El 27 de abril de 2021, el Tribunal fijó el plazo para la presentación de la contestación de la Demandante e invitó a las Partes a indicar su disponibilidad para celebrar una audiencia para escuchar los argumentos orales de las Partes sobre la Excepción bajo la Regla 41(5).
2. Habiendo recibido la disponibilidad de las Partes, el 6 de mayo de 2021, el Tribunal confirmó la fecha de 3 de junio de 2021 para la celebración de la audiencia (“Audiencia"), estableció la agenda para la Audiencia y un calendario para que cada Parte presentara autoridades legales adicionales. Asimismo, el Tribunal informó a las Partes que se enviaría un proyecto de reglas para la Audiencia en atención a su formato virtual o remoto.
3. El 17 de mayo de 2021, la Demandante presentó la Contestación a la Excepción bajo la Regla 41(5).
4. De conformidad con la carta del Tribunal, la República de Colombia podrá incorporar al expediente las autoridades legales adicionales a las cuales haría referencia durante su réplica oral, de ser el caso, a más tardar el 24 de mayo. La Demandante podrá incorporar al expediente autoridades legales adicionales a las cuales hará referencia en su dúplica oral, de ser el caso, a más tardar el 31 de mayo de 2021.
5. El Tribunal circuló un borrador de esta Resolución Procesal No. 2 a las Partes para sus comentarios el 17 de mayo de 2021.
6. El 19 de mayo de 2021, la Demandante confirmó que no tenía observaciones sobre el borrador de Resolución Procesal No. 2 y proporcionó su lista de participantes para la Audiencia. En la misma fecha, la Demandada confirmó asimismo no tener comentarios excepto por el punto relacionado con los anexos demostrativos el cual discutiría con la Demandante para llegar a un acuerdo dentro del plazo.
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7. El 21 de mayo de 2021, la Demandada informó el acuerdo de las Partes el cual fue confirmado por la Demandante el 25 de mayo de 2021.
8. Con base en dichos comentarios, el 26 de mayo de 2021 el Tribunal confirmó que no sería necesaria una reunión para organizar la Audiencia.
9. La Audiencia se celebrará en formato virtual a través del sistema de video conferencias Zoom el 3 de junio de 2021.
10. Para acomodar los múltiples husos horarios de todos los Participantes de la Audiencia, la Audiencia comenzará a las 10:00 am (EDT). Se espera que la Audiencia tenga una duración de tres horas.
11. Como ya fue comunicado a las Partes en la comunicación del 6 de mayo de 2021, la estructura de la Audiencia será la siguiente:
12. La Secretaria del Tribunal mantendrá el registro del tiempo.
13. Las Partes podrán referir a las autoridades legales que han sido incorporadas al expediente.
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14. Los anexos demostrativos (incluyendo presentaciones con diapositivas de PowerPoint u otro sistema) se utilizarán de conformidad con la Sección 16.8 de la Resolución Procesal No. 1.
15. Teniendo en cuenta el formato virtual de la Audiencia: (i) no se requieren copias impresas de los anexos demostrativos; y (ii) una copia electrónica de los anexos demostrativos será distribuida por la Parte que la utilice por correo electrónico a todas las Partes, la Secretaria del Tribunal y a los Miembros del Tribunal, con una antelación no menor a 24 horas antes del inicio de la Audiencia, con el fin de facilitar el acceso sin conexión a los anexos demostrativos por los Participantes en la Audiencia. Esto permitirá a los participantes imprimir tales anexos si así lo desearan.
16. Adicionalmente, al finalizar la Audiencia, las Partes subirán tales documentos a modo de anexos a la carpeta del caso en la plataforma BOX, numerando cada uno CD-__ o RD-__, según corresponda.
17. La disposición de la Resolución Procesal No. 1, Sección 21.1 en relación con la grabación aplica a la Audiencia.
18. Las grabaciones serán realizadas por el Secretariado del CIADI y serán compartidas con las Partes y los Miembros del Tribunal al finalizar la Audiencia. Los Participantes de la Audiencia no grabarán, por audio, video o fotos de pantalla, la Audiencia o parte de ella.
19. Las disposiciones de la Resolución Procesal No. 1, Secciones 21.2 y 21.3 en relación con las transcripciones aplican a la Audiencia.
20. Las transcripciones real time (en tiempo real) en español estarán disponibles para los Participantes de la Audiencia a través de un vínculo que será provisto por el estenógrafo. Los Participantes de la Audiencia se conectarán a la transcripción abriendo dicho vínculo en una ventana de navegador separada de la ventana de Zoom. Los detalles (vínculo, contraseña) e instrucciones para conectar a la transcripción serán provistos por el
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Secretariado del CIADI a los Participantes en la Audiencia con anterioridad al comienzo de la Audiencia.
21. De acuerdo con la Sección 20.6 de la Resolución Procesal No. 1, la Audiencia será cerrada para al público.
22. La audiencia se celebrará utilizando la plataforma Zoom.
23. No habiendo acuerdo entre las Partes, el Tribunal decidió que para el manejo de la video conferencia, el CIADI contará con los servicios de un proveedor externo para soporte técnico. El 26 de mayo de 2021, el Tribunal invitó a las Partes a acordar el proveedor para dichos servicios con base en estimados proporcionados por el CIADI. Las Partes acordaron que FTI Consulting proporcionará dicho soporte técnico.
24. Los detalles de conexión de la video conferencia serán circulados por el CIADI.
25. Se seguirán los siguientes procedimientos para garantizar el orden en la Audiencia en formato virtual:
26. De ser necesario, el Secretariado realizará pruebas técnicas una semana antes de la celebración de la Audiencia con el Tribunal y cada Parte en forma anticipada a la Audiencia, para probar la conectividad de la plataforma de videoconferencia (Zoom). El Secretariado contactará con las Partes para confirmar la realización de pruebas técnicas.
27. Cada Parte envió su respectiva Lista de Participantes (“Lista de Participantes para la Audiencia") para la Audiencia la cual se adjunta a esta Resolución como Anexo A. Cada Parte designó a cada participante como oradores activos (“Participantes Activos”), o como asistentes pasivos (“Participantes Pasivos”).
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28. Cada Participante de la Audiencia indicará claramente su nombre al conectarse a la plataforma Zoom. Únicamente los nombres que aparezcan en la Lista de Participantes serán admitidos a la video conferencia de la Audiencia. Si hubiese una discrepancia en algún momento durante la Audiencia, la Secretaria del Tribunal notificará al Tribunal, y el Tribunal abordará rápidamente el asunto.
29. A los efectos de mejorar la operación de la plataforma Zoom en su caso, se sugiere a las Partes que utilicen una cantidad mínima de conexiones de video, limitada a los Participantes Activos exclusivamente. Los Participantes Pasivos preferiblemente se unirán a la reunión a través de sus ordenadores pero conectando únicamente el audio (es decir, apagando el video).
30. Todos los Participantes en la Audiencia utilizarán la función “silenciar micrófono” cuando no estén hablando para reducir el sonido de fondo y evitar interferencias en las grabaciones del audio. El anfitrión de Zoom en el Secretariado del CIADI también podrá silenciar y activar todos o algunos Participantes de la Audiencia de ser necesario para evitar sonido de fondo.
31. Con el objetivo de optimizar la calidad del sonido, especialmente para las grabaciones de audio y la transcripción, el CIADI recomienda que los principales oradores usen un micrófono externo, por ejemplo a través de auriculares con conexión USB o la conexión de micrófono del ordenador o laptop que use para la videoconferencia Zoom. Los micrófonos internos poseen una menor calidad de sonido que los micrófonos externos. En caso de no tener acceso a micrófonos externos, se solicita a los Participantes Activos que hablen cerca del micrófono.
32. Se sugiere a los Participantes de la Audiencia que tengan al menos dos pantallas, y preferentemente tres (éstas pueden ser un dispositivo con múltiples pantallas o una combinación de dispositivos, incluyendo tabletas), esto facilitará la visualización simultanea
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de: (i) la conexón de video de Zoom; (ii) la transcripción en tiempo real; y (iii) documentos sin conexión.
33. Los Participantes de la Audiencia que participen con video evitarán estar sentados con una ventana o fuente de luz detrás de ellos.
34. FTI Consulting hará los arreglos necesarios para la asignación de salas de grupo (breakout rooms) dentro de la sesión de Zoom para uso exclusivo del Tribunal y de cada Parte por separado. Las Partes usarán la sala de grupos dentro de Zoom para evitar retrasos relacionados con la conexión a la video conferencia y que el Tribunal pueda reanudar la Audiencia prontamente después de los descansos. Una vez admitidos a la video conferencia, y sujeto a que no existan problemas técnicos u otras circunstancias especiales, los Participantes permanecerán conectados durante toda la Audiencia, incluyendo durante los recesos (el video podrá permanecer apagado durante los recesos).
35. Una vez que cada Participante se una a la video conferencia y haya sido identificado de conformidad con la lista de Participantes, FTI Consulting asignará a cada Participante a la sala de grupo correspondiente hasta que el comienzo de la Audiencia.
36. Cada Parte organizará un canal separado para las comunicaciones internas de su equipo durante los descansos. Este canal será separado de la Sala de Audiencias. El Tribunal hará sus propios arreglos en relación con el uso de un canal separado.
En nombre del Tribunal
[Firmado]
Juez Bernardo Sepúlveda
Presidente del Tribunal
Fecha: 27 de mayo de 2021
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AFC INVESTMENT SOLUTIONS S.L.
C.
REPÚBLICA DE COLOMBIA
(CASO CIADI NO. ARB/20/16)
AUDIENCIA SOBRE EXCEPCIÓN PRELIMINAR BAJO LA REGLA 41(5)
3 de junio de 2021
Videoconferencia Zoom
| Nombre | Rol/Afiliación | Huso Horario | Audio/Video o solo Audio |
Dirección de correo electrónico/Teléfono |
|---|---|---|---|---|
| TRIBUNAL | ||||
| Juez Bernardo Sepúlevda Amor | Presidente del Tribunal | CDT | Audio/Video | Email: [email protected] |
| Sra. Sabina Sacco | Árbitro | CEST | Audio/Video | Email: [email protected] |
| Sra. Dyalá Jiménez Figueres | Árbitro | CST | Audio/Video | Email: [email protected] |
| Secretariado CIADI | ||||
| Sra. Catherine Kettlewell | Secretaria del Tribunal | EDT | Audio/Video | Email: [email protected] Tel: +1 (202) 473-7231 |
| Sra. Ivania Fernandez | Paralegal | EDT | Audio | Email: [email protected] Tel: +1 (202) 473-7013 |
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| Demandante | ||||
|---|---|---|---|---|
| Abogados | ||||
| Sr. Bruno Roca Grau | J.A. CREMADES Y ASOCIADOS | Madrid UCT/GMT+2 | A/V | Email: [email protected] Tel: +33145535550 |
| Sr. Alfonso Andrés Anadón | J.A. CREMADES Y ASOCIADOS | Madrid UCT/GMT+2 | A/V | Email: [email protected] Tel: +34915316949 |
| Demandada | ||||
| Abogados | ||||
| [Nombre] | [Estudio] | |||
| Sr. Camilo Gómez | Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado | GMT-5 | Audio/Video | [email protected] |
| Sra. Ana María Ordoñez | Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado | GMT-5 | Audio/Video | [email protected] |
| Sr. Giovanny Vega-Barbosa | Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado | GMT-5 | Audio/Video | [email protected] |
| Sra. Elizabeth Prado | Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado | GMT-5 | Audio | [email protected] |
| Sra. Yadira Castillo | Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado | GMT-5 | Audio | [email protected] |
| Sr. Andrés Reina | Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado | GMT-5 | Audio | [email protected] |
| Sra. Valentina Guerrero | Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado | GMT-5 | Audio | [email protected] |
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| Sr. Juan Diego Bernal | Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado | GMT-5 | Audio | [email protected] |
| Estenógrafo | ||||
|---|---|---|---|---|
| Sr. Dante Rinaldi | Estenógrafo (Español) | |||
| Sra. María Eliana Da Silva | Estenógrafo (Español) | |||
| Sr. Dionisio Rinaldi | Estenógrafo (Español) | |||
| Soporte Técnico | ||||
| [Por confirmar] | FTI Consulting | |||