CENTRO INTERNACIONAL DE ARREGLO DE DIFERENCIAS RELATIVAS A
INVERSIONES
CIADI NÚMERO DE CASO: ARB/16/42
OMEGA ENGINEERING LLC
y
OSCAR RIVERA
Demandantes
contra
REPÚBLICA DE PANAMÁ
Demandado
7 de enero de 2019
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Yo, JORGE ENRIQUE VILLALBA, declaro:
1. Hago esta declaración en relación con el arbitraje iniciado por Omega Engineering LLC y Oscar Rivera, (conjuntamente, los “Demandantes”) contra la República de Panamá ("Panamá").
2. Entiendo que algunas de las declaraciones de los Demandantes se relacionan con la investigación criminal iniciada por la Asamblea Nacional de Alejandro Moncada Luna y la posterior investigación criminal de la Fiscalía de las personas y empresas vinculadas a la actividad delictiva del juez Moncada Luna, que incluye al Sr. Rivera y a Omega Engineering, Inc., una compañía registrada en Panamá, propiedad del Sr. Rivera, y afiliada a Omega Engineering LLC. Fue directamente involucrado en la investigación del juez Moncada Luna para la Asamblea Nacional. También estuve a cargo de las investigaciones posteriores de la Fiscalía sobre los Demandantes y otras entidades identificadas por la Asamblea Nacional que hicieron pagos al juez Moncada Luna. Con esta declaración quiero explicar la naturaleza de la investigación de la Asamblea Nacional, sus hallazgos y el trabajo realizado posteriormente por la Fiscalía.1
3. Salvo que se indique lo contrario, formulo esta declaración en base a mi conocimiento personal o a los documentos que he revisado. Todos los asuntos establecidos en esta declaración testimonial son verdaderos a mi leal saber y entender.
4. Esta declaración fue preparado en español e inglés. Anticipo dar testimonio en español.
1 Tal como se describe más abajo (¶ 28), elaboré un Informe de análisis financiero preliminar para la Fiscalía en mi función en el Departamento de análisis financiero de la Fiscalía Especializada en Crimen Organizado al cual hago referencia en el documento. Jorge Villalba, Informe de análisis financiero preliminar en el Caso n.º 049-15 (5 de junio de 2015) (“Informe de Villalba”) (R-0062) (Los Demandantes entregaron una versión parcialmente traducida con su Memorial (C-0081-SPA presentado nuevamente). Dada la importancia del informe, Panamá ha vuelto a presentar el anexo con la traducción completa). ↩
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5. En esta sección, describo brevemente mi formación académica y profesional. A modo de referencia para el Tribunal, se ajunta una copia de mi Curriculum Vitae a esta declaración.2
6. Mi formación académica es en contabilidad y finanzas. En 2000, me gradué de la Universidad Nacional de Panamá con un título en contabilidad y tengo licencia como Contador Público Certificado. En 2003, obtuve una Maestría en Administración de Empresas de la Universidad Nacional de Panamá, con especialización en finanzas.
7. Además de mis títulos, he recibido capacitación de diversas instituciones internacionales, como el Departamento de Justicia de los Estados Unidos, la Oficina Federal de Investigaciones (FBI) y la Administración para el Control de Drogas (DEA); la Agencia contra el Crimen Organizado y Especializado del Reino Unido (SOCA); el Instituto Latinoamericano de las Naciones Unidas para la Prevención del Delito y el Tratamiento del Delincuente (ILANUD-UNODC); y la Comisión Interamericana para el Control del Abuso de Drogas de la Organización de Estados Americanos (CICAD-OEA) como especialista contra el lavado de dinero, auditoría forense y delitos financieros. Doy charlas en seminarios y conferencias regularmente sobre cada uno de estos temas.
8. Comencé mi carrera profesional en 1993, como oficial de policía en la división administrativa y operativa de la Policía Nacional de Panamá. En 1996, fui transferido a la Sección de Auditoría Interna de la Policía Nacional de Panamá como sargento de policía y auditor interno, donde realicé auditorías financieras, operativas, especiales y forenses.
9. En Octubre de 2006, paso a formar parte a la Fiscalía para Delitos Relacionados con Drogas como perito forense en la Sección de Investigación Financiera. En apoyo como experto forense de la División contra el Lavado de Dinero y Delitos Financieros en la Dirección de Investigación Judicial.
2 Curriculum Vitae de Jorge Villalba (R-0109). ↩
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10. En 2010, me pasó a hacer el Jefe de la Sección de Análisis Financiero de la Fiscalía Especializada en Crimen Organizado, donde trabajé como auditor y analista en investigaciones financieras y supervisé todas las investigaciones en curso sobre delitos financieros y lavado de dinero. Entre octubre de 2014 y marzo de 2015, fui adscrito a la Asamblea Nacional y trabajé como auditor, analista e investigador forense para planificar, desarrollar y concluir la investigación del Fiscal designado a la Asamblea Nacional de Panamá en la investigación sobre el juez Moncada Luna.
11. En el 22 de febrero de 2016, comuniqué mi renuncia formal a la Fiscalía y comencé a trabajar en el sector privado, en BDO Panamá como Gerente de Auditoría Forense. En el 2017, salió de BDO y comencé a trabajar como el Director de Auditoría Forense en Rogers Forensic Auditors (RFA). Ahora, trabajo como Auditor Forense, Consultor y Asesor independiente y estoy estudiando para ser abogado.
12. Desde 2011, también he trabajado como profesor en la Universidad Especializada para Contadores Públicos (UNESCPA) y he impartido clases en el Programa de Maestría en Auditoría Forense en técnicas de auditoría forense; pericia en auditoría forense, fraude y dictamen pericial; y el lavado de dinero y otros delitos internacionales.
13. En julio de 2014, el Colegio Nacional de Abogados y la Alianza de Ciudadanos Pro Justicia de Panamá presentó una demanda contra el entonces presidente de la corte suprema de Panamá, el juez Moncada Luna. La demanda planteó preocupaciones sobre cómo el juez Moncada Luna podía comprar dos departamentos de lujo valorados en más de $1,6 millones de dólares estadounidenses.3 Como apoyo a su demanda, el Colegio de Abogados proporcionó una declaración y correos electrónicos del coordinador de la oficina del juez Moncada Luna en el Tribunal Supremo; escrituras de los dos departamentos (N.º 26 PH Ocean Sky y N.º 16 PH Santorini); artículos de prensa sobre la propiedad sospechosa de esos departamentos de Moncada Luna; certificados de registro corporativo para Corporación Celestial, S.A. y Corporación Alpil, S.A. que muestran que
3 Denuncia penal contra Moncada Luna con fecha de 10 de julio de 2014 (C-0373); Informe de Villalba (R-0062), pág. 2. ↩
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la esposa del juez Moncada Luna era la presidente y representante legal de las compañías; y la declaración de la situación financiera que el juez Moncada Luna presentó al gobierno como parte de su trabajo.4 La demanda acusó al juez Moncada Luna de enriquecimiento ilícito, corrupción y otros delitos contra la administración pública y la fe pública.
14. La Constitución de Panamá establece que las investigaciones de los jueces de la Corte Suprema serán llevadas a cabo por la Asamblea Nacional. Como resultado, en octubre de 2014, se encomendó a la Asamblea Nacional la investigación de la demanda contra el juez Moncada Luna. El diputado Pedro Miguel González fue designado fiscal de la investigación por parte de la Asamblea Nacional.5
15. En octubre de 2014, el diputado González hace la solicitud a la Procurador General si yo ayudaría a dirigir la investigación del juez Moncada Luna por su cargo. En ese momento, yo era el Jefe de la División de Análisis Financiero de la fiscalía especializada en crimen organizado. Para trabajar para el diputado González, fui adscrito a la Asamblea Nacional en una asignación de deber temporal. Comencé a trabajar para el diputado González el día 21 de octubre de 2014.
16. La única información disponible cuando inicia la investigación fueron los documentos o materiales presentados por el Colegio de Abogados en julio de 2014.
17. Con base en esa información, el diputado González identificó cuatro demandas criminales que posiblemente podrían presentarse contra el juez Moncada Luna: (1) declaraciones falsas, (2) enriquecimiento ilícito, (3) corrupción, y (4) lavado de dinero. Revisé los elementos de estos crímenes según el Código Penal e identifiqué el tipo de evidencia que necesitaríamos para respaldar una condena en cada uno de ellos. Para recopilar esta evidencia, la Asamblea Nacional realizó varias diligencias judiciales, que
4 Denuncia penal contra Moncada Luna con fecha de 10 de julio de 2014 (C-0373). ↩
5 Resolución de la Asamblea Nacional, Comisión de Credenciales, Reglamento, Ética Parlamentaria y Asuntos Judiciales con fecha de 8 de octubre de 2014 (R-0084) (que resuelve admitir la demanda presentada contra el juez Moncada Luna); Rubén Polanco, La Asamblea Nacional comienza la investigación contra Alejandro Moncada Luna, LA PRENSA con fecha de 9 de octubre de 2014 (R-0085) (el diputado González fue nombrado fiscal especial de la Asamblea Nacional el 8 de octubre de 2014). ↩
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incluyen registros bancarios, cheques, facturas y entrevistas solicitadas a las entidades y personas vinculadas a la investigación.
18. El 7 de septiembre de 2010, Corporación Celestial S.A., una sociedad cuyo presidente era la Sra. Moncada Luna, adquirió el departamento de PH Ocean Sky por $550,997.50 dólares estadounidenses.6 Esta adquisición se realizó mientras que el juez Moncada Luna se desempeñaba como juez en la Sala Tercera lo Contenciosos Administrativos.7 El 14 de enero de 2013, Corporación Alpil, S.A., una sociedad cuya presidente era Sra. Moncada Luna, compró el departamento de PH Santorini por $1,179,200.00 dólares estadounidenses a Desarrollo Coco del Mar, S.A.8 Esta adquisición se realizó mientras que el juez Moncada Luna era Presidente de la Corte Suprema.9 Comenzamos nuestra investigación de los departamentos mediante el análisis de todos los fallos emitidos por el entonces juez Moncada Luna para ver si parecía haber algún cambio o decisión contraria a la ley para beneficiar a una parte en particular. Además, debido a que el Presidente de la Corte Suprema tiene la autoridad para adjudicar contratos y aprobar facturas en nombre del Órgano Judicial, adquirimos una lista de los proveedores que brindaron servicios al Poder Judicial durante el período en el que el juez Moncada Luna era Presidente de la Corte Suprema.
19. Con respecto a los proveedores, identificamos a los más grandes por el valor de sus contratos con el Órgano Judicial y la cantidad de cualquier pago anticipado que se proporcionó. Omega Engineering tenía un contrato para construir nuevas instalaciones judiciales en La Chorrera y, como tal, era uno de los proveedores que tenía obras representativas por mayor cuantía. El juez Moncada Luna adjudicó el contrato de Omega
6 Informe de Villalba (R-0062), págs. 11-12. ↩
7 Ídem. a 4 (El juez Moncada Luna fue nombrado juez en la Tercera Cámara de Procedimientos Administrativos el 1 de enero de 2010). ↩
9 Ídem a 4 (El juez Moncada Luna se desempeñó como Presidente de la Corte Suprema de 2012 a 2013.). ↩
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Engineering el 22 de noviembre de 2012 por un valor de [Redacted]10
20. Una vez que identificamos a los proveedores más grandes, determinamos cuándo cada uno de ellos había recibido pagos (ya fuesen pagos anticipados o pagos por trabajos realizados en virtud de sus contratos) del Poder Judicial. Una vez que tuvimos las fechas de dichos pagos del Poder Judicial a los proveedores, la Asamblea Nacional citó los registros bancarios de los proveedores para rastrear dónde se colocó el dinero después de que se recibió.
21. En el caso de Omega Engineering, descubrimos dos pagos conectados con el pago de los apartamentos comprados por Sra. Moncada Luna e inscritos a los nombres de Corporación Celestial, S.A. y Corporación Alpil, S.A. En cuanto a la primera transacción, el 3 de abril de 2013, Omega Engineering recibió un pago anticipado del Poder Judicial por la suma de [Redacted]11 Esto fue el 15 % del valor del Contrato de La Chorrera.12 Luego descubrimos una serie de transferencias que provocaron que se usen [Redacted] de ese pago anticipado a Omega Engineering para realizar un pago de un préstamo hipotecario otorgado a Corporación Celestial, S.A. a fin de pagar el saldo pendiente del departamento de PH Ocean Sky.13 A modo informativo, el 27 de diciembre de 2010, Banco Nacional de Panamá aprobó un préstamo a Corporación Celestial, S.A. por $150,000.00 dólares estadounidenses para financiar el saldo pendiente de la compra del departamento.14 El banco acordó que los pagos comenzarían en junio de 2011 mediante descuentos de $1,056.68 dólares estadounidenses por mes del salario del juez Moncada Luna durante un plazo de 23 años.15 Se realizaron pagos del préstamo por un total de $28,530.36 dólares
10 Contrato 150/2012 con fecha 22 de noviembre de 2012 (C-0048). ↩
11 Informe de Villalba (R-0062), pág. 22. ↩
13 Ídem. 17-24; ver también ídem. en 24 (Figura N. 1). ↩
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estadounidenses desde Corporación Celestial, S.A. y el juez Moncada Luna hasta agosto de 2013.16 El resto del préstamo, que ascendía a $147,936.74 dólares estadounidenses, se pagó el 23 de mayo de 2013 mediante el uso de [Redacted] del dinero de Omega Engineering recibido como pago anticipado del Contrato de La Chorrera.17 El departamento de registros del Banco Nacional de Panamá informó que el préstamo se canceló el 11 de noviembre de 2014 mediante este pago de $147,936.74 dólares estadounidenses el 23 de mayo de 2013.18 Esa serie de transferencias se detalla a continuación:
19 Ver Orden para proceder para el Contrato n.º 150/2012 (C-0151); Informe pericial de lavado de dinero de Julio Aguirre para la Asamblea Nacional 2 de marzo de 2015 (R-0063) (“Informe de Aguirre”), p. 13. ↩
20 Informe de Villalba (R-0062), p. 22. ↩
21 Nótese que Banco BAC de Panamá, S.A. fue adquirido por BAC International Bank, Inc. ↩
22 Informe de Villalba (R-0062), pp. 21-22. ↩
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22. En resumen, los fondos del monto de [Redacted] fueron, de manera indirecta, del pago anticipado de la Autoridad Judicial para el Contrato 150/2012 a Omega Engineering y de la cuenta de Omega Engineering a realizar el pago del
23 Informe de Villalba (R-0062), pp. 20-21. Nótese que durante este tiempo, Banco Banistmo se encontraba en proceso de fusión con HSBC. ↩
25 Ve generalmente, Informe de Villalba (R-0062); Informe de Aguirre (R-0063). ↩
26 Informe de Villalba (R-0062), pág. 20; Informe de Aguirre (R-0063), p. 15, 21 (mostrando un relación directa al juez Moncada Luna). ↩
27 Informe de Villalba (R-0062), p. 19. ↩
28 Ídem a 19; Informe de Aguirre (R-0063), p. 21 (mostrando un relación directa al juez Moncada Luna). ↩
29 Informe de Villalba (R-0062), p. 18 (Giro postal n.º 54465). ↩
30 Ídem a 18-19 (“[E]l préstamo hipotecario de Corporación Celestial, S.A. se había cancelado mediante el Giro portal n.° 54465 del 23 de mayo de 2013 por el monto de ($147,936,74.00 dólares estadounidenses), emitido por BANCO UNIVERSAL”). ↩
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préstamo hipotecario pendiente sobre el departamento de PH Ocean Sky del juez Moncada Luna.31
23. El segundo pago ocurrió en julio de 2013. El 10 de julio de 2013, Omega Engineering recibió un pago de [Redacted] del Poder Judicial por el trabajo en el proyecto La Chorrera. Pudimos rastrear [Redacted] de ese dinero en una cuenta que se utilizó para realizar el pago en el departamento de PH Santorini, que compró Corporación Alpil, S.A. operado por la esposa del juez Moncada Luna, a Desarrollo Coco del Mar, S.A., el desarrollador de la propiedad de PH Santorini.32 La serie de transferencias se describe a continuación:
31 Informe de Aguirre (R-0063), pp. 15-16 (donde se concluye que “tal como se demuestra en los estados de cuenta de los bancos mencionados anteriormente, el dinero que se transfiere entre las compañías indicadas es resultado del pago anticipado por la suma de [Redacted] ...con fecha 3 de abril de 2013 a OMEGA ENGINEERING INC., si se considera que las cuentas mencionadas no tenían saldos suficientes antes del depósito de [el pago anticipado], lo que demuestra una relación directa entre el dinero de los estados de cuenta y el departamento n.º 26-B de PH Ocean Sky...”). ↩
32 Informe de Villalba (R-0062), p. 25 (Estos fondos constituyeron más de la mitad del pago n.º 4 del departamento de PH Santorini). ↩
37 Ídem. a 32 (Banco HSBC ahora es Banistmo). ↩
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24. Nuevamente, se mueve dinero de Omega Engineering en beneficio del juez Moncada Luna, esta vez en el plazo de una semana.44
25. Pudimos recopilar pruebas fácilmente para respaldar la demanda de falso testimonio. Como funcionario público, el juez Moncada Luna estaba obligado a revelar sus activos y finanzas. El 29 de diciembre de 2010, el juez Moncada Luna presentó una declaración de su situación financiera. Se le solicitó que actualizara esa declaración si adquiría activos adicionales mientras se encontraba en el cargo. Los dos departamentos que formaban
38 Ídem; Informe de Aguirre (R-0063), p. 17. ↩
39 Informe de Villalba (R-0062), p. 32. ↩
40 Nota aclaratoria: en el momento de las referidas transferencias, el segundo giro postal de $ 75,000.00 dólares estadounidenses no había sido todavía depositado en la cuenta. Informe de Aguirre (R-0063), p. 17. ↩
41 Informe de Villalba (R-0062), pp. 8, 32; Informe de Aguirre (R-0063), p. 17. ↩
42 Informe de Villalba (R-0062), p. 31; Informe de Aguirre, p. 21 (mostrando una relación directa al juez Moncada Luna). ↩
43 Informe de Villalba (R-0062), pp. 25, 31-35 (pago de $130,000.00 dólares estadounidenses realizado a Desarrollo Coco del Mar, S.A. el 18 de julio de 2013). ↩
44 Ídem a 31-35 (la transferencia de dinero comenzó el 11 de julio de 2013 desde Omega Engineering, y el pago del departamento de PH Santorini propiedad del Moncada Luna se realizó el 18 de julio de 2013). ↩
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parte de la demanda del Colegio de Abogados se compraron en 2010 y 2013, respectivamente, pero el juez Moncada Luna no informó esas compras.45
26. En enero de 2015, una vez recopilada la evidencia, el diputado González contrató a Julio Aguirre, un experto en lavado de dinero, para que revisara la evidencia y proporcionara un dictamen pericial sobre si indicaba alguna forma de delito financiero. El señor Aguirre preparó un informe con fecha de 2 de marzo de 2015.46 He leído ese informe y soy consciente de que el Sr. Aguirre llegó a la conclusión de que los dos pagos anteriores contienen varias características del lavado de dinero.47 Estoy de acuerdo con sus conclusiones.
27. El 23 de febrero de 2015, el juez Moncada Luna celebró un acuerdo con la Asamblea Nacional, en el cual se declaró culpable de enriquecimiento ilícito y falso testimonio. Acordó una sentencia de 60 meses de prisión, la anulación del mandato durante el mismo período, y la confiscación de los departamentos de PH Ocean Sky y PH Santorini.48 La Asamblea Nacional determinó y el juez Moncada Luna admitió que se había enriquecido ilícitamente cuando adquirió las propiedades de PH Ocean Sky y PH Santorini, cuyo precio superaba ampliamente su capacidad financiera como juez.49 A cambio, por la declaración del juez Moncada, la Asamblea Nacional acordó no procesarlo además por corrupción y lavado de dinero. La Asamblea Nacional finalizó su investigación el 5 de marzo de 2015. Regresé a mis funciones en la Fiscalía el 18 de marzo de 2015.
45 Denuncia penal contra Moncada Luna con fecha 10 de julio de 2014 (C-0373), p. 10 (en donde se menciona que se adjuntó a la demanda una copia de la declaración de Moncada de sus activos, documento público n.º 18865 con fecha 29 de diciembre de 2010). ↩
46 Informe de Aguirre (R-0063). ↩
48 Sentencia condenatoria de la Asamblea Nacional n.º 1 (5 de marzo de 2015) (R-0083), p. 1. ↩
49 Acuerdo de culpabilidad (23 de feb. de 2015) (R-0064) (en el cual se admite la culpabilidad de enriquecimiento ilícito y se acuerda la confiscación de los departamentos de PH Ocean Sky y PH Santorini como parte de la sentencia); Sentencia condenatoria de la Asamblea Nacional n.º 1 (5 de marzo de 2015) (R-0083), p. 3 (“Sobre la base de lo mencionado en la audiencia, [el juez Moncada Luna] admitió que había adquirido propiedades de valor considerable que el Fiscal identificó y corroboró. Por ese motivo, se le impondrá la pena principal acordada de sesenta (60) meses de prisión..."; Informe de Villalba, p. 3 (R-0062) (en el que se resume la decisión de la Asamblea Nacional y la declaración de culpabilidad del juez Moncada Luna). ↩
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28. Debido a que la jurisdicción de la Asamblea Nacional estaba limitada a la investigación del juez Moncada Luna, el diputado González remitió la evidencia y la información sobre otros involucrados, incluido Omega Engineering y su mandante, a la Fiscalía para obtener más medidas. Al regresar a la Fiscalía, me pusieron a cargo de esa investigación. Mi primera tarea fue preparar un informe que detalla lo que se hizo en la investigación de la Asamblea Nacional. Presenté mi Informe de análisis financiero preliminar en el Caso n.º 049-15 a la Fiscalía Especializada en Crimen Organizado el 5 de junio de 2015.50
29. Las investigaciones sobre el Sr. Rivera y Omega Engineering fueron iniciadas por las divisiones de Crimen Organizado y Anticorrupción dentro de la Fiscalía. Estas son dos oficinas distintas encargadas de investigar diferentes aspectos de los delitos financieros. Si bien las dos divisiones se centraron en actividades similares, su trabajo podría llevar a presentar cargos diferentes contra una entidad o una persona. Como resultado, el Sr. Rivera y Omega Engineering podrían haber enfrentado cargos resultantes de una, ninguna, o ambas investigaciones iniciadas por la Fiscalía.
30. Los materiales recopilados por el diputado González fueron los mismos que habríamos recopilado si la investigación se hubiera originado en la Fiscalía. Por lo tanto, teníamos registros y pruebas documentales que establecían dos ocasiones distintas en las que los fondos estatales se transfirieron del Poder Judicial a Omega Engineering y, en última instancia, a las cuentas en beneficio del juez Moncada Luna. El siguiente paso fue entrevistar al Sr. Rivera y a otros representantes de Omega Engineering. El 15 de junio de 2015, citamos al Sr. Rivera y a los representantes de Omega Engineering para que se presenten a las entrevistas con la Fiscalía.51 Sin embargo, el Sr. Rivera y Omega Engineering no comparecieron. A estas alturas, habían salido del país.52
50 Informe de Villalba (R-0062). ↩
51 Resolución de investigación n.º 4015 con fecha de 15 de junio de 2015 (R-0086) (emisión de una “declaración indagatoria” al Sr. Rivera y a Francisco Feliu Nigaglioni, empleado de Omega Engineering). ↩
52 Ver correo electrónico de Oscar Rivera al Fiscal Especial Designado para la Asamblea Nacional con fecha de 2 de febrero de 2015 (C-0197) (informando a la Asamblea Nacional que no pudo asistir a la entrevista ↩
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31. En julio de 2015, como parte de la investigación del Ministerio Publico, Omega Engineering presentó documentos para mostrar que los dos pagos sospechosos identificado por la Asamblea Nacional no fue hecho al juez Moncada Luna, pero era parte de una proyecto por Sr. Rivera a desarrollar un vecindario residencial nombrado los “Verdanza Residences.”53 Este proyecto, supuestamente, iba a ser desarrollado en Tonosi, en la provincia de Los Santos. La Fiscalía examinó las materiales presentados por Omega Engineering y realizó su propia investigación.
32. Como parte de esa investigación, en el día 20 de noviembre, un agente especial de la Fiscalía visitó el Oficina de Obras y Construcción Publica por la provincia de Los Santos, donde Tonosi está ubicado.54 El agente determinó que no se habían presentado solicitudes para la aprobación de un proyecto nombrado “Verdanza Residences” o que coincide con la descripción dada por los abogados de Omega.55
33. En el mismo día, los investigadores fue al lugar donde los Verdanza Residences supuestamente estaban siendo desarrollados. A pesar de múltiples búsquedas por el área, los investigadores no pudieran identificar la ubicación específica en la que se construirían los Verdanza Residences. Los investigadores entrevistaron un número de residentes locales, quienes indicaron que no tenían conocimiento de ningún proyecto de ese nombre que se desarrollara en el área.56
34. En 23 de noviembre de 2015, los investigadores de la Fiscalía visitaron a la Junta técnica de Bienes Raíces, Ministerio de Comercio e Industrias para determinar si Maria Gabriela Reyna Lopez, la abogado que los abogados de Omega Engineering identificaron como
ya que ahora reside en Miami). Solo quedaba una persona de Omega Engineering en Panamá, Salvador de Torro, el contador de Omega Engineering, que pudimos entrevistar el 17 de noviembre de 2015.
53 Franklin Amaya Jované, abogado de Oscar Rivera, al Fiscal Superior Anticrimen Organizado de la Procuraduría General de La Nación, Nota del 22 de julio de 2015 (R-0087). ↩
54 Alexis Rodriguez, Secretario Judicial en la Fiscalia, Diligencia de Inspección Ocular en el 23 de noviembre de 2015 (R-0088) (describiendo una investigación en 20 de noviembre de 2015 a las 9:20 am). ↩
56 Alexis Rodriguez, Secretario Judicial en la Fiscalia, Diligencia de Inspección Ocular en el 23 de noviembre de 2015 (R-0089) (describiendo una investigación en 20 de noviembre de 2015 a las 10:30 am). ↩
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habiendo negociado el proyecto de los Verdanza Residences, tenía una licencia en Panamá como un desarrollador de tierras o agente de bienes raíces. Los registros públicos mostraron que Sra. Reyna no tenía una licencia como un desarrollador de tierras o agente de bienes raíces.57
35. Basado en estos hallazgos, y en consideración de los registros bancarios e otros documentos mostrando que (a) el dinero usó en los dos pagos viene del Órgano Judicial; (b) estaba movido rápidamente por un serie de empresas de recorte; y (c) estaba trasmitido al juez Moncada Luna, la Fiscalía no encontró evidencia que apoyara la reclamación de Omega que los dos pagos fueron hechos a desarrollar un proyecto llamado los Verdanza Residences.
36. El 22 de febrero de 2016, salí de la Fiscalía y, como mencioné anteriormente, trabajo como Auditor Forense, Consultor y Asesor. Entiendo que la investigación de la Fiscalía sobre el Sr. Rivera, Omega Engineering y las otras entidades identificadas en la investigación de la Asamblea Nacional fue suspendida por un fallo judicial por razones de procedimiento. También entiendo que el fallo judicial está actualmente en apelación.
37. Entiendo que el Sr. Rivera ha expresado que fue objeto de tres investigaciones y que fue encontrado inocente o no culpable en cada una de ellas. Como la persona encargado de llevar a cabo esas investigaciones, puedo dar fe de que su declaración no es cierta. Como se indicaba anteriormente, la primera investigación, ante la Asamblea Nacional, se centró solo en el juez Moncada Luna. El Sr. Rivera y Omega llamaron nuestra atención únicamente por su condición de contratista y proveedor del Poder Judicial. No tuvimos ningún interés específico en el Sr. Rivera u Omega Engineering hasta que encontramos los dos pagos descritos anteriormente.
38. Dado que la Asamblea Nacional no tenía la autoridad para investigar y procesar al Sr. Rivera o a Omega Engineering, remitió dicha investigación a la Fiscalía. Allí, como
57 Transcripción de Diligencia de Inspección Ocular de Esperanza L. Montenegro del 23 de noviembre de 2015 (R-0090), pág. 2. ↩
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describí y de conformidad con el procedimiento penal estándar de Panamá, dos divisiones diferentes de la Fiscalía abrieron investigaciones relacionadas.
39. En ningún momento, la Asamblea Nacional, la Fiscalía o un tribunal encontraron que el Sr. Rivera y Omega Engineering eran inocentes de los cargos investigados.
Fecha: el 26 de diciembre 2018
Ciudad de Panamá, Panamá
Signature
Jorge Enrique Villalba
Auditor y Analista Financiero Forense
Contratista Independiente